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Donaciones

Exenciones

Las instituciones de beneficencia que ostentan la calidad de Fundaciones y que deseen acogerse a los beneficios de las exenciones que contempla el Art. 27, literal "V", de la Ley Orgánica de Aduanas, deben presentar los siguientes requisitos:

a)Registro Legal
Estar debidamente registradas y calificadas en el Ministerio de Bienestar Social.

b)Estatutos
Presentar los estatutos aprobados por el Ministerio de Bienestar Social, en donde se deberá indicar cuáles son sus objetivos sociales, así como nombres y apellidos de los representantes legales de dicha fundación, adjuntando los respectivos nombramientos.

c)Autorización de embarque
Solicitar previamente a la Gerencia Distrital de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, la autorización de embarque de las mercancías que son objeto de donación por entidades de beneficencia en el exterior, adjuntando los estatuto de la institución, los nombramientos de los representantes legales y el listado de las mercancías que van a ser donadas, mercancías que van a ser donadas, mercancías que van a ser donadas, mercancías que deberán tener relación con los objetivos sociales de la fundación.

d) Solicitud de exoneración
Luego de que la Gerencia Distrital de la Corporación Aduanera Ecuatoriana otorgue la autorización de embarque de las mercancías donadas, la Fundación debe solicitar la exoneración cumpliendo con los siguientes requisitos.

Requisitos

a) El listado detallado de las mercancías donadas, debidamente consularizado en el Consulado de Ecuador en el país de origen de la donación, en donde se deberá especificar el nombre de la institución beneficiada de la donación, el nombre de quien dona y la firma de su representante legal, documento que deberá ser notarizado de conformidad con las leyes del país de origen.

b) Presentar el original de la autorización previa de embarque, otorgada por la Gerencia Districtal de la Corporación Aduanera, la misma que por ningún concepto podrá tener la fecha posterior al embarque de las mercancías.

c) Tener suscrito el convenio de cooperación con alguna institución del Estado, que tenga afinidad con los objetivos sociales de la fundación.

d) Someterse obligatoriamente al aforo físico de las mercancías donadas, por parte de las autoridades aduaneras.

Nota explicatoria:

No habrá excepción de impuestos en las donaciones de vehículos, excepto cuando se trate de aquello necesarios para usos especiales, tales como ambulancias, vehículos clínicos o radiológicos, coches bibliotecas, carros de bomberos y siempre que su función sea compatible con la actividad de la institución benéfica.

Ejemplo de una Carta de Donación

Si usted está interesado en entregar una donación o descubrir más sobre los programas de ayuda, por favor escribanos a: consuladodc@ecuador.org

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